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Modifican la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo

 

Se ha modificado la norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece las obligaciones en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que el sujeto obligado deberá implementar; tratándose de persona jurídica profesional, cuyo objeto social es la prestación de servicios jurídicos, legales y/o contables y que realizan o se disponen a realizar en nombre de su cliente o por cuenta de este.

La norma establece que en el proceso de identificación y evaluación de los riesgos LA/FT, los sujetos obligados deberán incluir los resultados de la Evaluación Nacional de Riesgos LA/FT. Además, se busca determinar los umbrales para la implementación de las obligaciones del sistema de prevención LA/FT de los agentes inmobiliarios.

👉 Lee la Resolución completa aquí:

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